Objetivo(s)

El objetivo de la firma de auditoría es el establecimiento y el mantenimiento de un sistema de control de calidad que le proporcione una seguridad razonable de que:

  • la firma de auditoría y su personal cumplen las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables
  • los informes emitidos por la firma de auditoría o por los socios de los encargos son adecuados en función de las circunstancias

El objetivo del auditor es implementar procedimientos de control de calidad relativos al encargo que le proporcionen una seguridad razonable de que:

  • la auditoría cumple las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables.
  • el informe emitido por el auditor es adecuado en función de las circunstancias.

El personal de la firma de auditoría que sea responsable del establecimiento y del mantenimiento del sistema de control de calidad de la misma tendrá conocimiento del texto íntegro de todo lo relacionado al sistema de control de calidad.

La firma de auditoría establecerá políticas y procedimientos diseñados para promover una cultura interna en la que se reconozca que la calidad en la realización de los encargos es esencial.

La firma de auditoría establecerá políticas y procedimientos diseñados para proporcionarle una seguridad razonable de que dispone de suficiente personal con la competencia, la capacidad y el compromiso con los principios de ética necesarios para:

  • realizar los encargos de conformidad con las normas profesionales y con los requerimientos legales y reglamentarios aplicables.
  • permitir a la firma de auditoría o a los socios de los encargos la emisión de informes adecuados en función de las circunstancias.

 

La firma de auditoría establecerá políticas y procedimientos diseñados para proporcionarle una seguridad razonable de que los encargos se realizan de conformidad con las normas profesionales y con los requerimientos legales y reglamentarios aplicables, y de que la firma de auditoría o el socio del encargo emiten informes que son adecuados en función de las circunstancias. Dichas políticas y procedimientos abordarán:

  • las cuestiones pertinentes para favorecer la congruencia en la calidad de la realización de los encargos.
  • las responsabilidades de supervisión
  • las responsabilidades de revisión.

La firma de auditoría establecerá un proceso de seguimiento diseñado para proporcionarle una seguridad razonable de que las políticas y procedimientos relativos al sistema de control de calidad son pertinentes, adecuados y operan eficazmente. Este proceso:

(a) incluirá el examen y la evaluación continuadas del sistema de control de calidad de la firma de auditoría, incluida, de manera cíclica, la inspección de al menos un encargo terminado por cada socio del encargo;

(b) requerirá que se asigne la responsabilidad del proceso de seguimiento a uno o varios socios u otras personas con experiencia y autoridad en la firma de auditoría que sean suficientes y adecuadas para asumir dicha responsabilidad; y

(c) requerirá que quienes realicen el encargo o la revisión de control de calidad del encargo no participen en la inspección de los encargos.

La firma de auditoría establecerá políticas y procedimientos que requieran que se documente adecuadamente el funcionamiento de cada elemento de su sistema de control de calidad.

El auditor cumplirá los requerimientos de ética, incluidos los relativos a la independencia, aplicables a los encargos de auditoría de estados financieros.

El auditor planificará y ejecutará la auditoría con escepticismo profesional, reconociendo que pueden darse circunstancias que supongan que los estados financieros contengan incorrecciones materiales.

El auditor aplicará su juicio profesional en la planificación y ejecución de la auditoría de estados financieros.

En la fecha del informe de auditoría o con anterioridad a la misma, el socio del encargo se satisfará, mediante una revisión de la documentación de auditoría y discusiones con el equipo del encargo, de que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada para sustentar las conclusiones alcanzadas y para la emisión del informe de auditoría.

El socio del encargo:

(a) asumirá la responsabilidad de que el equipo del encargo realice las consultas necesarias sobre cuestiones complejas o controvertidas;

(b) se satisfará de que, en el transcurso del encargo, los miembros del equipo del encargo hayan realizado las consultas adecuadas, tanto dentro del equipo del encargo como entre el equipo del encargo y otras personas a un nivel adecuado dentro o fuera de la firma de auditoría;

(c) se satisfará de que la naturaleza, el alcance y las conclusiones resultantes de dichas consultas hayan sido acordados con la parte consultada; y

(d) comprobará que las conclusiones resultantes de dichas consultas hayan sido implementadas.

Para las auditorías de estados financieros de entidades cotizadas y, en su caso, aquellos otros encargos de auditoría para los que la firma de auditoría haya determinado que se requiere la revisión de control de calidad, el socio del encargo:

 

  • comprobará que se haya nombrado un revisor de control de calidad del encargo
  • discutirá las cuestiones significativas que surjan durante el encargo de auditoría, incluidas las identificadas durante la revisión de control de calidad del encargo, con el revisor de control de calidad del encargo.
  • no pondrá fecha al informe de auditoría hasta que la revisión de control de calidad del encargo se haya completado.

Atentamente

CPC Carlos Gabriel Hernández Hernández