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Blog

enero 7, 2019

Salario Mínimo 2019

 

El pasado mes de Diciembre 2018 se emitió la resolución por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijando los que deberán regir a partir del Primero de Enero de 2019, de conformidad con lo siguiente :

⁃           Salario Mínimo General : $102.68

⁃           El salario corresponde de incrementar   $9.43 como Movimiento Independiente de Recuperación (MIR) a $88.36 = $ 97.79+ 5%

⁃           Salarios mínimos profesionales sólo el 5% a los actuales

⁃           Se crea el Salario Mínimo en la Zona Libre de la Frontera Norte para quedar en $176.72 con el compromiso de acompañar con incentivos fiscales por parte del gobierno federal aplicable a los Municipios que conforman la ZLFN.

⁃           Los salarios mínimos profesionales en la ZLFN quedan en $176.72 salvo dos categorías de reporteros

https://salariominimo2018mexico.com/salario-minimo-2019-mexico/

 

septiembre 13, 2018

INPC ACTUALIZACIÓN 2018

septiembre 13, 2018

Prorroga Cancelación CFDI 3.3

En atención a las diversas peticiones recibidas por diferentes actores involucrados en los procesos de facturación y considerando los requerimientos tecnológicos y administrativos que involucra a los contribuyentes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria, informa que publicará próximamente, de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación, una prórroga al 1 de noviembre de 2018 para la operación del nuevo proceso de cancelación de facturas previsto en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, en el cual se requiere la aceptación de la persona a favor de quien se expidió.

El SAT reconoce el esfuerzo conjunto de los contribuyentes durante el proceso de actualización de la factura, que ha logrado que la información que se recibe sea cada vez más precisa para ofrecer mejores servicios.

Fuente: https://www.gob.mx/sat/prensa/com2018_047-173210?idiom=es

diciembre 6, 2017

OBLIGACIONES DE DICIEMBRE

Presentar declaraciones informativas

A más tardar el 17 

Presentar los siguientes pagos o declaraciones:
  • Pagos provisionales del ISR
  • Pagos definitivos de IVA
  • Pagos definitivos de IEPS
  • Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades
  • Enterar los impuestos retenidos a terceros
  • Declaración informativa del IEPS
  • Pagos provisionales, definitivos y retenciones

Días adicionales: ​​1819202122

Presentar declaraciones:
  • Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
  • Segundo Informe de Transparencia relacionado con donativos recibidos por los sismos ocurridos en México
noviembre 23, 2017

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN FISCAL DEL CONTRIBUYENTE ANTE EL INFONAVIT

Estimado lector, hacemos llegar esta información que tiene que ver con los contribuyentes que son patrones y que han optado por dictaminar sus estados financieros por contador público registrado (CPI) y que hasta las disposiciones del año 2013 lo hacían de esta forma o por obligación impuesta por la ley, la información es referente a la obligación que se tiene de enviar al INFONAVIT, a los diez días posteriores de haber enviado el dictamen fiscal correspondiente, copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones patronales de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, esto de conformidad con el artículo 29 del INFONAVIT.

 

Asimismo en caso de incumplimiento este organismo impone multas con fundamento en el artículo 8 primer párrafo, fracción I, con relación al artículo 9 primer párrafo, fracción IV y 15 del Reglamento para la imposición de Multas por incumplimiento,

Por otra parte  el INFONAVIT está llevando a cabo el programa para requerir y multar por los años 2011 y 2012, a aquellos patrones que estando en los supuestos señalados en el primer párrafo de este documento, no entregaron la información referida.

 

Esperamos que esta información sea de ayuda para efecto de informar a las empresas que se dictaminan fiscalmente sobre esta obligación y evitar sanciones por parte de esta autoridad.

 

                 Atentamente 

C.P.C. Carlos Gabriel Hernández Hernández

DIRECTOR GENERAL